Emprender como persona física o jurídica: ¿cuál conviene más?

República Dominicana se posiciona como uno de los cinco países más emprendedores de América Latina, con un impacto significativo en la dinámica económica de la región. Sin embargo, este entorno favorable se ve contrarrestado por diversos desafíos, tales como ingresos inestables y altamente estacionales, además de una preocupante pobreza digital, según el reciente “Informe de Desempeño Social”, presentado por el Banco Adopem y la Fundación Microfinanzas BBVA.
A esto se suma la escasa formalización de los microemprendimientos. Ante este panorama, surgen preguntas cruciales para los emprendedores: ¿cuándo es el momento adecuado para formalizarse? ¿Es más conveniente emprender como persona física o jurídica? La experta en derecho corporativo, Dimisel Hernández Sánchez, señala que la decisión de formalizarse es una de las principales inquietudes de todo emprendedor.
No obstante, enfatiza que esta decisión debería tomarse tras analizar al menos cuatro factores clave: la generación de ingresos constantes a corto y mediano plazo; la necesidad de opciones de financiamiento para el crecimiento del proyecto; el inicio de transacciones comerciales con empresas establecidas; y la intención de contratar personal. Hernández explica que muchas empresas establecidas exigirán a los emprendedores facturas con comprobante fiscal.
Por lo tanto, estar formalizado se convierte en un requisito esencial para establecer relaciones comerciales con estas empresas. “A medida que el emprendimiento crece, contar con colaboradores que faciliten los procesos se vuelve necesario. Este paso implica cumplir con las obligaciones ante la Tesorería de la Seguridad Social y el Ministerio de Trabajo, lo que requiere estar formalizado”, añade.
Uno de los mayores temores que enfrenta el emprendedor al considerar la formalización es el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Asegura que muchos desconocen sus responsabilidades fiscales, lo que puede llevar a cometer errores costosos. En cuanto a la elección entre operar como persona física o jurídica, Hernández sostiene que esta decisión depende de múltiples factores, incluyendo el tipo de negocio, los objetivos del emprendedor y el nivel de riesgo asociado a la actividad económica.
En República Dominicana, las personas físicas pueden obtener un Registro Nacional de Contribuyente (RNC), lo cual les permite emitir facturas con comprobante fiscal y presentarse ante empresas consolidadas con un respaldo formal. “Al inicio del emprendimiento, cuando aún no se cuenta con un flujo de caja suficiente para asumir todas las cargas tributarias y corporativas propias de las empresas, es viable operar como persona física”, aclara la experta. Sin embargo, una vez que el proyecto comienza a crecer y requiere financiamiento o personal adicional, el emprendedor puede optar por constituir una sociedad comercial.
“La principal diferencia entre operar como persona física o jurídica radica en la separación de cuentas; mientras que como persona física las cuentas del negocio y personales son las mismas, en una persona jurídica están separadas. Además, las personas jurídicas tienen obligaciones tributarias y fiscales que no aplican a las personas físicas”, explica Hernández. Aconseja a los emprendedores en sus inicios llevar un plan claro y ejecutarlo conforme avancen en su crecimiento. “No sugiero constituir una empresa desde el principio; muchos proyectos no prosperan y tener una empresa puede suponer una carga adicional. Además, disolver una sociedad es un proceso técnico costoso”, advierte. Recomienda a contar con un contador y asesoría legal para evitar inconvenientes futuros.